La reforma legaliza los «novillos colectivos»0
716 01/04/2005, 14:41 ABC.-M.-Asenjo-y-R.-Barroso #LOGSE, #LOE,
La propuesta de reforma educativa contenida en el proyecto de Ley Orgánica de Educación (LOE), presentado este miércoles por la ministra María Jesús San Segundo, ha comenzado a suscitar una gran polémica y muchos de sus aspectos son calificados, cuando menos, de «controvertidos e imprudentes».
Junto a las cuestiones más discutidas - como la repetición de curso con cuatro o más asignaturas, la reconsideración de los itinerarios y la supresión de la reválida- aparecen otras que parecen no tener tanto calado pero que, en opinión de los expertos, «pueden traer graves consecuencias para el sistema». Entre estas normas destacan la contenida en el punto 6 de la disposición final primera del anteproyecto, que modifica la Ley Orgánica reguladora del derecho a la educación (LODE), única de las leyes educativas no universitarias de la democracia que no queda subsumida en la LOE.
Esa disposición completa el artículo 8 de la LODE que «garantiza en los centros docentes el derecho de reunión de los profesores, personal de administración y de servicios, padres de alumnos y alumnos, cuyo ejercicio se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes». Con la nueva ley, y si la disposición final primera pasa el trámite parlamentario sin modificaciones, al texto del artículo 8 de la LODE se sumará el siguiente párrafo: «En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro».
¿Cuál es la situación actual? El director del instituto Nuestra Señora de la Paloma de Madrid, Ángel Ledesma, comenta que siempre se autorizan las reuniones, aunque se recomienda que se celebren al final del horario lectivo. Los alumnos pueden faltar a clase y no es usual sancionarles, pero la Dirección del centro informa a los padres de su ausencia si son menores de edad. Además resalta que, pese a no sancionar a los estudiantes, las faltas de asistencia se contabilizan.
Carta de naturaleza
La disposición, no obstante, ha suscitado reacciones encontradas porque, en buena parte del mundo educativo, se interpreta como una «legalización de los novillos colectivos». El Partido Popular quiere ir más allá y lanza al Gobierno la pregunta de si la medida encierra «la legalización del derecho a la huelga de los estudiantes».
Los docentes se expresan con más cautela. «Se trata -dice Ángel Ledesma- de dar carta de naturaleza a una situación que existe de hecho y no de derecho». Advierte que los directores seguirán informando a los padres de los menores de la participación de éstos en una huelga. Ledesma entiende que es preciso analizar en profundidad el proyecto de LOE. Con esta salvedad, indica que elevar el listón de permisividad hasta cuatro suspensos para repetir provocará en los alumnos una sensación de «menor exigencia» y una sobrecarga de materias: habrá casos en que se acumulen a las del curso correspondiente hasta tres pendientes del año anterior. El borrador deja a criterio de los profesores la promoción con tres suspensos.
Otro aspecto que considera controvertido el director de La Paloma es la supresión de los exámenes extraordinarios -sólo habrá uno al final de la ESO- , aunque resalta que lo verdaderamente importante es que existan recuperaciones a lo largo del curso y que se den salidas a los llamados «objetores escolares».
Entretanto se suceden las reacciones ante la propuesta de reforma. La consejera de Educación de Andalucía, Cándida Martínez, expresó la necesidad de que la LOE incluya un plan de financiación adecuado para su aplicación. Para el consejero de Educación de Castilla y León, Álvarez Guisasola, con esta reforma se «vuelve al modelo fracasado de la Logse».
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