BOE núm. 16. Prórroga de la vigencia de los temarios0
983 18/01/2008, 20:43 18/01/2008 #Oposicions, #BOE,
Orden ECI/25/2008, de 14 de enero, por la que se regulan los temarios que han de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nueva especialidades a los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, atribuye al Gobierno en su disposición adicional sexta el desarrollo reglamentario de las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes en aquellos aspectos básicos que sean necesarios para garantizar el marco común básico de la función pública docente. De acuerdo con dicha atribución se dictó el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley. Los artículos 19 y 60 establecen que los temarios definitivos para los diferentes cuerpos y especialidades se aprobarán reglamentariamente, previa consulta con las Comunidades Autónomas.
Desde la aprobación de la Ley Orgánica citada, se han venido regulando las diferentes enseñanzas que en ella se establecen. Este proceso de regulación sigue abierto, y sus consecuencias en la renovación de los temarios mencionados debe producirse con una antelación suficiente a la fecha de la realización de las pruebas correspondientes. En consecuencia, parece prudente posponer la aprobación de nuevos temarios y disponer la prórroga de los vigentes para los procedimientos de ingreso a los cuerpos docentes que se celebren en el año 2008.
En su virtud, consultadas las Comunidades Autónomas, dispongo:
Artículo 1. Prórroga de la vigencia de los temarios.
Para las convocatorias que se realicen al amparo de las ofertas de empleo público en el año 2008, relativas a los procedimientos selectivos de ingresos, accesos y adquisición de nuevas especialidades, a los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y a los cuales se refiere el reglamento aprobado en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, serán de aplicación los temarios vigentes que corresponden a cada cuerpo y especialidad, sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo siguiente.
Artículo 2. Adecuación de las referencias legales.
En el temario para las convocatorias de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación que se realicen en el año 2008, las referencias que se hacen a la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación y a sus contenidos, deberán sustituirse por referencias a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y a sus contenidos.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de enero de 2008.-La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.
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