Claves de la reforma de las pensiones0

979 29/01/2010, 13:09       #Jubilacions,

EL PAÍS desvela el documento que propone retrasar la jubilación a los 67 años.

El Gobierno ha ideado una reforma profunda del sistema de pensiones para garantizar su viabilidad futura. Además de plantear el aumento paulatino de 65 a 67 años en la edad legal de jubilación, el documento que estudia en estos momentos el Consejo de Ministros propone eliminar la pensión de viudedad vitalicia en algunos supuestos, por ejemplo, cuando "las convivencias familiares han sido breves y no existen descendientes".

El texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, aboga por sustituir en esos casos la pensión vitalicia por "una indemnización en pago único, o una prestación temporal", una fórmula similar a la que existe en otros países europeos. El Ejecutivo admite que el concepto tradicional de "muerte del sostén de la familia" es "trasnochado" y, por tanto, requiere modificación.

Esa reforma iría acompañada de cambios en la pensión de orfandad que otorgaran a todos los descendientes los mismos derechos, independientemente de la relación familiar entre los progenitores.

El elemento más radical del proyecto es la elevación paulatina de la edad de jubilación, en línea con lo aprobado por otros países europeos, a partir de 2013. El Ejecutivo no plantea cuánto aumentaría cada año la edad legal de jubilación ni en qué momento se alcanzarían los 67 años completos, pero aclara que existe "la posibilidad de los afiliados de mantener la edad de jubilación legal anterior o una intermedia siempre que los costes de esta decisión fueran asumidos por el beneficiario". Es decir, para algunos afiliados próximos, previsiblemente los más próximos a la jubilación, se mantendría el derecho con una penalización en la cuantía de la pensión, como ocurre ahora a quienes se retiran antes de los 65.

El documento intenta desterrar también la pensión a la carta que realizan, por ejemplo, muchos autónomos. Consiste en que elevan la base de cotización en los 15 últimos años (los que se tienen en cuenta para calcular la prestación) para obtener así la mayor cuantía aunque en buena parte de la vida laboral hayan cotizado por un importe muy inferior. En este sentido, el texto subraya: "La capacidad de elección de base de cotización debe limitarse para evitar una planificación prestacional desvinculada del nivel de ingresos del cotizante". En esta misma línea, apuesta por crear una base reguladora (la que determina el importe de la pensión) "única para el cálculo de todas las prestaciones del sistema, que utilice mecanismos homogéneos para configurar la media de las bases de cotización que la conforman". En la actualidad existen bases distintas en función del régimen (asalariados, autónomos, empleados del hogar), algo que desaparecería si prosperara este cambio.

El Ejecutivo destierra, además, una de las propuestas realizadas por los sindicatos y algunos expertos consistentes en que el trabajador pudiera elegir, con carácter general, los periodos de cotización más beneficiosos de su vida laboral en lugar de ceñirse a los últimos años. Esa idea es inviable porque, en ese caso "el sistema soportará los costes de la planificación sin ganar en equidad real".

Uno de los incentivos para que el trabajador se mantenga en activo consiste en permitir que los planes de pensiones privados puedan percibirse antes de que el trabajador se jubile oficialmente, una posibilidad hasta ahora vedada. De esa forma, puede percibir al mismo tiempo el salario y la renta privada complementaria.

De forma más amplia -y sobre todo más ambigua- el texto constata que la pensión debe guardar relación con diferentes aspectos del sistema. Entre ellos, la evolución de los ingresos de la Seguridad Social, el PIB, el peso de los jubilados sobre la población activa o la esperanza de vida. Eso supone abrir la puerta a que la cuantía de las prestaciones pueda subir o bajar según esos indicadores sean favorables o desfavorables.

Entre las fórmulas para adecuar la cuantía de la prestación a las situaciones reales, el documento cita la modificación de los 15 años que se tienen en cuenta para calcular el importe o el periodo mínimo de 15 años que hace falta para acceder al sistema, pero no ofrece detalles. Hasta ahora había circulado una propuesta de elevar esos 15 últimos años a 20, pero aún no se ha concretado.


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